La Justicia de la Unión No Ampara ni Protege al ex mandatario estatal Eugenio Javier “N†en contra de la orden de extradición girada en su contra por el Gobierno de los Estados Unidos, por lo que al ex gobernador se le diluyen las posibilidades de recobrar su libertad personal.
Al resolver dentro del cuadernillo principal el expediente número 788/2018, relativo al juicio de amparo promovido por Eugenio Javier “N†en contra de una orden de extradición girada por el Gobierno de Estados Unidos, el Juzgado Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con sede en Culiacán, Sinaloa, resolvió negar el amparo al ex mandatario estatal.
Como se recordará, la orden de extradición se fundamenta en la presentación de tres cargos federales en contra del ex gobernador tamaulipeco; el operar un negocio de envíos de dinero sin contar con la licencia correspondiente, así como asociación delictuosa para cometer fraude bancario y para operar recursos de procedencia ilícita.
Fue un juez de Distrito del Centro Auxiliar de la Quinta Región con sede en Culiacán, Sinaloa a quien tocó resolver el amparo promovido por Eugenio Javier “N†en contra de la extradición ya que el expediente de amparo radicado bajo el número 788/2018 fue turnado a aquella entidad por un Juez Primero de Distrito con sede en esta Ciudad Capital debido a la sobrecarga de trabajo que presentan los tribunales locales.
Cabe señalar que en contra del ex mandatario estatal pesa un auto de formal prisión por los delitos de peculado y uso de recursos de procedencia ilícita dictado por el juez segundo de lo penal de primera instancia del primer distrito judicial en el estado.
Con el fallo en contra por parte del juez federal negándole el amparo y protección de la justicia de la unión en contra del proceso de extradición, a Eugenio Javier se le complica su situación jurídica, ya que además un juez de control le dictó el pasado tres de octubre un auto de vinculación a proceso por los delitos de enriquecimiento ilícito y operaciones con recursos de procedencia ilícita, determinándose en su contra la medida cautelar de prisión preventiva por un término de dos años.