El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encamina declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior (LSI) y con ello procedería la anulación de esa norma.
Al analizar las facultades del Congreso para legislar en materia de seguridad interior, seis ministros –de ocho que se requieren– manifestaron que el Poder Legislativo carece de atribuciones para ello y también consideraron que se incurrió en violaciones al proceso legislativo, que la citada ley genera afectación directa al territorio de las comunidades indígenas y que es un fraude
 a la Constitución, al reglamentar el uso de las fuerzas armadas por parte del Ejecutivo en tiempos de paz.
La LSI está siendo analizada por el pleno de la Corte, como parte de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por diputados y senadores, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el partido Movimiento Ciudadano, las autoridades del municipio poblano de Cholula y los ombudsman de Jalisco y Querétaro.
Esta legislación fue aprobada por el Poder Legislativo en diciembre de 2017 y aunque se encuentra vigente, el presidente Enrique Peña Nieto se comprometió a no emitir ninguna declaratoria que active sus mecanismos de operación y despliegue tanto de la Policía Federal como de las fuerzas armadas hasta que la Corte se pronunciara sobre la constitucionalidad de la norma.
Para que la citada ley sea declarada inconstitucional se requieren ocho votos y ayer seis ministros (Eduardo Medina Mora, José Ramón Cossío, Norma Piña, Arturo Zaldívar, Javier Laynez y Alberto Pérez Dayán) dieron a conocer su postura al respecto y se pronunciaron en contra.
Regularmente una vez que los ministros fijan postura ese es el sentido de sus votos.
El próximo jueves continuará la sesión de pleno y faltan cuatro ministros por exponer sus argumentos en favor o en contra, pero han permeado los argumentos que niegan al Congreso la facultad de legislar sobre el tema de seguridad interior, y en caso de sumar ocho votos en contra la LSI se declarará inconstitucional y ya no se analizará cada uno de sus términos y dejará de ser aplicable.
En ese contexto, durante la sesión de ayer el ministro Eduardo Medina Mora señaló que el Congreso no tiene facultad para legislar en materia de seguridad interior, y de no invalidarse en su totalidad la ley en cuestión, podría perpetuarse el instintivo perverso de que las autoridades civiles, es decir, no militares, se desentiendan del mandato constitucional y ético de cumplir con la obligación más básica, dar certidumbre a los ciudadanos, el derecho a vivir en paz y en tranquilidad con sus familias en sus comunidades
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Si bien reconoció que las fuerzas militares no se encuentran limitadas a actuar en tiempos de paz dentro de sus cuarteles
, dijo que de acuerdo con normas internacionales y criterios de la propia Corte, los estados deben limitar al máximo el uso de las fuerzas armadas para el control de la criminalidad común o la violencia interna.
En tanto, el ministro Cossío consideró que esta ley es inconstitucional, porque el Poder Legislativo encubre
 la regulación de la disposición de las fuerzas armadas en tiempos de paz, con la clara consecuencia de haber invadido una facultad exclusiva del presidente de la República y de descontextualizar los supuestos que restringen el uso de la milicia.
El ministro Arturo Zaldívar puntualizó que esta legislación lo que hace es regular la seguridad pública cuando está a cargo de las fuerzas armadas; es claramente un fraude a la Constitución en sentido técnico, no retórico, como un ilícito constitucional atípico. Porque se dice que se está regulando una materia cuando realmente se está regulando otra, partiendo de la base de que no hay facultades para que las fuerzas armadas, en principio, intervengan en seguridad pública; entonces, cambiamos el concepto y todo parece que está bien
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Los ministros Pérez Dayán, Norma Piña y Javier Laynez criticaron las fallas procedimentales con las que se aprobó la ley. La ministra señaló que se cometió una violación trascendente a los principios de deliberación democrática
, y los tres coincidieron en la necesidad de invalidar la totalidad de la norma.