Por Antonio Hernández
Avala Congreso de Tamaulipas reformar la ley para que quienes cometen estupro en menores de edad sean sancionados con penas más severas.
Ante el pleno legislativo, Yalheel Abdala Carmona presentó la iniciativa de reforma al artículo 270 y 271 del Código Penal Lara el Estado de Tamaulipas.
En su exposición de motivos destacó que no es creíble que una niña a los 12 años pueda discernir entre sí un acto sexual es bueno o malo.
En este sentido destacó que muchos violadores se agarran de ésta Laguna legal del estupro para lograr la libertad.
Por lo que se deben endurecer las penas y evitar que sigan dañando a más niños, niñas y adolescentes.
Por ello, con la reforma avalada por los diputados los artículos quedan de la siguiente manera.
Comete el delito de estupro quien tenga cópula con persona mayor de quince años y menor de dieciocho años de edad, obteniendo su consentimiento por medio de engaño o mediante alguna maquinación.
Artículo 271.- Al responsable del delito de estupro, se le impondrá una sanción de tres a siete años de prisión y multa de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, si la victima fuere mayor de quince años y menor de dieciséis años de edad.
Si la Victima fuera mayor de dieciséis años de edad y menor de dieciocho años de edad, al responsable del delito se le impondrá una sanción de uno a cuatro años de prisión y multa de de cien a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.