Por decreto presidencial, este 15 de septiembre se libera a 681 reclusos

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Ciudad de México. La Secretaría de Gobernación (Segob) confirmó esta tarde la liberación de 681 personas, recluidas en penales federales. Sin embargo, explicó, la razón por la cual no puede dar nombres de los beneficiarios.

“Las acciones para la preliberaciones se encuentran sujetas a lo establecido en el marco jurídico nacional, por lo que hace a la obligación de resguardar la identidad y otros datos personales”, dijo la dependencia.

“En el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, el Código Nacional de Procedimientos Penales establece el derecho de reserva de identidad, que consiste en no hacer pública información personal. Este derecho aplica a las personas víctimas, testigos, menores de edad, imputadas y a las intervinientes en el proceso penal”, explicó en una nota informativa.

Hoy 15 de septiembre se hace efectivo el otorgamiento del beneficio de preliberación a 681 personas pertenecientes a la población penitenciaria en diversas entidades del país”, mencionó.

Lo anterior, en cumplimiento a las instrucciones presidenciales en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, cuyo acuerdo fue publicado el 25 de agosto de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Las secretarías de Gobernación, y de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) trabajan en la revisión de casos, aunque la última palabra es del Poder Judicial.

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Con este propósito se realizan gestiones con jueces competentes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y la Fiscalía General de la República (FGR), explicó.

El gobierno federal dijo que la acción está motivada por la implementación de una perspectiva humanista y por considerar que se trata de un acto de justicia en favor de población privada de su libertad que se encuentra en las siguientes hipótesis normativas:

•Personas adultas mayores que tienen alguna enfermedad crónico-degenerativa.

•Personas adultas mayores en fase terminal.

•Personas adultas mayores de 70 años.

•Personas víctimas que se compruebe con el Protocolo de Estambul que sufrieron tortura.

•Quienes llevan dos años o más en prisión preventiva o sin sentencia

Podrán acceder al beneficio quienes no estén procesados por los siguientes delitos:
•Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad

•Trata de personas.

•Delincuencia organizada.

•Secuestro.

•Otros delitos que merezcan prisión preventiva oficiosa de acuerdo al artículo 19 constitucional.

Numeralia
•Al momento se tienen ubicados cuatro mil 233 expedientes de personas sentenciadas o en prisión preventiva sujetos de análisis en el ámbito federal, que podrían ser susceptibles de los beneficios de Ley.

•Los expedientes fueron entregados a jueces competentes, al Consejo de la Judicatura Federal (CJF), al Instituto de Defensoría Pública (IFDP) y a la FGR, según corresponde cada caso.

•Se espera que gradualmente sean resueltos para que las personas puedan obtener su libertad.

•El registro de la población privada de la libertad en el país hasta el pasado mes de julio, era de 220 mil 866 personas.

•De ellas, 16 mil 464 se ubican en centros federales (alrededor de 7.4 por ciento del total).

•El resto se ubica en penales locales y está sujeto a proceso o cumpliendo sentencia por delitos del fuero común.

•Ello quiere decir que 92.6 por ciento de las personas internas, entre las cuales algunas podrían acceder a los beneficios, se ubican en el ámbito local.

Segob pidió a las entidades federativas que desde el ámbito de sus atribuciones y facultades continúen con la búsqueda de las rutas legales para las preliberaciones, modificación de las medidas cautelares y libertades de las personas susceptibles de los beneficios que la Ley les otorga.

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