Ciudad de México. La controversia que promovió la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) fue declarada sin materia por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que señaló que la norma impugnada no afecta de ninguna manera su esfera de competencias. Con ésta, ya son dos impugnaciones contra la citada ley que el máximo tribunal decide desechar.
El fallo se aprobó en votación dividida, de seis votos contra cinco, con la cual se sobreseyó la controversia constitucional 44/2021.
El primero en proponer esta decisión fue el ministro Mario Pardo Rebolledo, quien indicó que la demanda combatía varios artículos que supuestamente violaban los principios de libre competencia y concurrencia, pero en ninguno de sus argumentos la Cofece exponía la posible invasión a sus atribuciones.
Y es que, conforme a la Carta Magna, los órganos constitucionalmente autónomos únicamente pueden promover controversias cuando otro poder o instancia de gobierno invade su esfera legal.
“Considero que esta comisión federal no tiene interés legítimo para accionar la controversia constitucional, pues en realidad lo que se pretende es defender los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación de electricidad y en la comercialización de ésta, lo cual desde mi punto de vista no incide en una afectación a sus competencias de forma directa, máxime porque esta comisión no tiene participación alguna en el mercado eléctrico”, planteó Pardo.
La mayoría de los ministros se sumaron a esta propuesta, lo que hizo que la ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, aceptara cambiar su proyecto de sentencia para declarar sobreseído el asunto, por falta de interés legítimo de la Cofece.
Al comenzar la sesión, de manera inusual, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, anunció que se dejaría para este martes la votación para aprobar el acta previa, correspondiente al 7 de abril, cuando se desestimó la acción de inconstitucionalidad de los senadores de oposición contra la LIE.
Aunque ha habido señalamientos de legisladores y juristas sobre un supuesto error en el conteo de votos que desechó esa demanda, fuentes de la SCJN confirmaron que el registro de las votaciones es correcto y que la desestimación de esa acción de inconstitucionalidad quedó firme y no variará.
Agregaron que la petición presentada por senadores de oposición para que se revisara dicha votación, fue desechada por improcedente desde la presidencia de la SCJN