LA COSA ES CALMADA

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LOS HECHOS

POR José Inés Figueroa Vitela

 

 

 

Las oposiciones van siguiéndole los pasos al partido dominante, MORENA.

Luego de que el Pejepartido sacó la convocatoria, camino de definir quiénes serán sus candidatos a los cargos de elección popular de corte local, en el PAN anunciaron la celebración de algún pleno, donde, aseguraron, definieron el método de elección de sus candidatos.

Este será el de designación, imposición, o dedazo, como ellos llamaban a los procesos internos del PRI, cuando no comían en el mismo plato, o se servían de las migajas de este, a la inversa como parece ahora estar pasando las cosas.

El exdiputado local plurinominal, RAMIRO RAMOS SALINAS, complementó el planteamiento del también exidirigente priísta y actual legislador, EDGARDO MELHEM SALINAS, hecho con anterioridad.

Ello, al dicho de que además de la primera fórmula al Senado, en la eventual coalición con el PAN, a su partido corresponde la mitad de las nominaciones, además de la primera fórmula al Senado.

Claro, cuando los CABEZA DE VACA le ordenaron a su Cachorro, anunciar el método de designación, estaban diciendo que ellos van a poner los candidatos de Tamaulipas.

Y en la condición de derrota en que se encuentran, como aquellos, van por los posibles espacios que no se ganan con mayoría de votos, sino los de minoría.

Muy probablemente ni estos han de alcanzar.

Con todo y el cliché ese, que y se hizo viejo y desgastado estaba desde antes, de decir que quienes aparecen en las preferencias ciudadanas, son una amenaza y un peligro para el interés popular.

¿Ya escuchó la propaganda de “los paniaguados”, en voz del extitular del INE, LUIS CARLOS UGALDE, diciendo que si MORENA gana las mayorías legislativas, ahora sí va a llegar la oligarquía comandada por ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, más allá del fin de su mandato presidencial y la elección del 2024 terminará de manera violenta?

Sin detrimento de cómo lo lean los ciudadanos que tengan acceso a tales expresiones, hay quienes se preguntan si los cabecistas también van a pedir se investigue la actuación del extitular del INE, a raíz de tales oficios.

O de su exabogado BAÑOS, también exconsejero nacional electoral, cuya actuación institucional, en su lógica, estaría en duda por lo que se les escucha decir y se les ve hacer a posteriori.

Así como lo hicieron respecto del Ministro ARTURO SALDIVAR, ahora que renunció a la Suprema Corte y le encontraron empatía con la propuesta presidencial de la virtual candidata morenista, CLAUDIA SHEINBAUM PARDO.

Del desenlace jurisdiccional, respecto del reparto paritario de las candidaturas a las nueve gubernaturas que estarán en juego en las urnas en junio del año entrante, con preferencia hacia las mujeres, en este caso impar -5 de 9-, otras consideraciones deberán tomarse en el plano doméstico los presuntos interesados.

El fin de semana, también el Instituto Electoral de Tamaulipas también puso el dedo en la llaga respecto de las “acciones afirmativas aplicables en Tamaulipas en el proceso electoral ordinario 2023-2024”, para que tome nota, “a quien corresponda”.

Los grupos en situación de vulnerabilidad -personas con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes, jóvenes y adultos mayores-, complementan las cuotas que por género deberán reservarse en el reparto de las candidaturas locales.

Las planillas para ayuntamiento deberán integrar al menos una fórmula de candidaturas de personas con discapacidad o de la diversidad sexual y otra de jóvenes o mayores, en cuanto al menos quince ayuntamientos del Estado.

En caso de que no se registren planillas para la elección de ayuntamientos en al menos 26 de los municipios del Estado, se deberá incluir las candidaturas de aquellos grupos en situación de vulnerabilidad, en al menos, el 35 por ciento de los municipios.

Para el Congreso Local, los partidos deberán postular al menos una fórmula de mayoría relativa, o plurinominal, del grupo de discapacitados y otra de la diversidad sexual, entre las primeras 7 posiciones de la lista.

Aparte, para la comunidad migrante prevee una postulación de representación proporcional, en las primeras 7 posiciones de la lista estatal y para los jóvenes hasta el límite numeral ocho.

Y para las personas jóvenes, se establece la obligatoriedad de postular al menos una fórmula por cada 8 postulaciones en mayoría relativa, este cumplimiento puede ser bajo el principio de mayoría relativa o de representación proporcional.

A quien no lo haga le regresan sus registros.

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